Obligaciones


1.    OBLIGACIONES DEL ASEGURADOR
En cuanto a la obligación principal del asegurado cierto sector de la doctrina señala que es de la entidad aseguradora debe preservar su capacidad técnico – económica para hacer frente a su deber de pagar la indemnización, sin embargo discrepo con esta postura, ya que las entidades de prestadoras de seguros se encuentran fiscalizadas por la Superintendencia Nacional de Banca de Seguros, por tanto dicha obligación, no es para con el asegurado sino con el Estado.
Otro sector de la doctrina indica que la obligación principal del asegurador es asumir el riesgo.
En lo que concierne a la obligación de pagar la indemnización en el supuesto que el siniestro ocurra, es de mi opinión, que esta es la principal obligación que asume la entidad aseguradora. Esto debido a que el asegurado se obliga a pagar la prima a cambio del compromiso firme de que la aseguradora lo indemnice en caso de ocurrir el siniestro, entonces el deber de indemnizar significa la causa de la obligación del asegurado.
También existen otras obligaciones como por ejemplo:
·         Obligación de entregar la póliza de seguro y documentos anexos.- Con esto se perfecciona el contrato de seguro, cuya vigencia formal comienza a partir de la fecha en la que la entidad prestadora de seguros hace entrega de dicho documento, por ello es obligación de la entidad asegurado de entregar un ejemplar original al asegurador-tomador, juntamente con todos los anexos que sean pertinentes.
·         Obligación de reintegrar la prima no devengada.- La obligación de reintegrar la prima no devengada, parte de la prima percibida, es exigible en ciertos casos en que, debido a la ausencia de interés o riesgo asegurable o a la voluntad de alguna de las partes, cesa la responsabilidad de la entidad aseguradora.
·         Obligación de pagar la prestación asegurada.- representa la causa de la obligación que asume el tomador, ya que este paga la prima correspondiente, porque pretende que el asegurador asuma el riesgo que está en el contrato de seguro y cumpla con pagar la indemnización en caso de ocurrir el siniestro.
1.    OBLIGACIONES DEL ASEGURADO-TOMADOR:
El asegurado también tiene que cumplir diversas obligaciones, en efecto además de hacer efectivo el pago de la prima, tiene que cumplir con otras que resultan del contrato de seguro como las obligaciones de información y de conducta.
Las primeras, se refieren a prestar informes acerca de circunstancias que resultan trascendentales para que el asegurador se forme un visión del estado del riesgo, el tiempo de la formación del contrato y durante la vigencia saber sobre todas las circunstancias que puedan agravar el riesgo, también debe brindar toda la información del siniestro (si ocurriera), la transmisión del objeto asegurado, la pluralidad de seguros, entre otros.
En lo concerniente a las obligaciones de conducta, consisten en los comportamientos activos u o motivos del asegurado, como por ejemplo la obligación de salvar los objetos asegurados, la de no agravar el riesgo, etc.
Entre las principales obligaciones que debe asumir el asegurado-tomador tenemos:
·         Obligación de pagar la prima
·         Obligación de declarar el estado de riesgo
·         Obligación de garantía
·         Obligación de preservar el estado de riesgo
·         Obligación de declarar los seguros coexistentes.
CONCLUSIONES
1.    Tenemos que el objeto del contrato es el de indemnizar al asegurado, previo pago de una prima al asegurador, hay que tomar en cuenta que esta indemnización es variable ya que esta sujeta a que el siniestro ocurra.
2.    Tenemos que el contrato de seguro no siempre es considerado como un contrato de adhesión, si bien es cierto dentro de las características figura la de ser uno de adhesión esto no es siempre así, ya que cabe la posibilidad de que sea consensual, esto dependerá de la voluntad de las partes, de la póliza que se emita, el riesgo cubierto, etc.
3.    La clasificación que dan los autores sobre el contrato de seguro es diversa, sin embargo dentro del trabajo se ha buscado unificar la clasificación en dos grandes ramas que son: los seguros de interés y los seguros de personas.
4.    En cuanto a los elementos esenciales del contrato de seguro tenemos : el interés asegurable, que es el ánimo del asegurado de querer proteger un objeto; el riesgo asegurable, que es un hecho incierto que puede suceder y que es descrito en el contrato de seguro; la prima, que es el monto que paga el asegurado a cambio de una indemnización en caso de ocurrir el siniestro; y la obligación de indemnizar, que está a cargo de la aseguradora ya que esta recibió a cambio el pago de la prima.
5.    Tenemos también otras figuras de seguros como el reaseguro, que es la operación de seguros realizada por el asegurador, por la que transfiere parte de los riegos asumidos al reasegurador, pero es el único obligado con respecto al asegurado o tomador del seguro.
6.    Otras figuras también son el Coaseguro, que es cuando la cobertura de un riesgo se comparte entre dos o más aseguradores, estableciéndose una relación contractual entre cada coasegurador y el asegurado; el infraseguro, es cuando el valor que el asegurado ha atribuido al bien o bienes asegurados en una póliza resulta inferior al que realmente tienen; y el sobreseguro, es cuando el interés asegurable, esta asegurado por un valor superior al real.
Finalmente tenemos que la póliza, es el instrumento probatorio por excelencia del contrato celebrado entre el asegurado y el asegurador. Es aconsejable antes de celebrarlo, leer todas las cláusulas contenidas en el mismo, para tener una información completa de sus términos y condiciones. En él se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan la relación contractual convenida entre el asegurador y el asegurado